Con fecha 22 de Diciembre de 2020 la Resolución Exenta Nª108, modifica Ley 21.256 sobre obligatoriedad de emitir boletas de ventas y servicios a partir del 01 de Enero de 2021, sino que a contar del 01 de Marzo de 2021, para aquellos contribuyentes emisores de factura electrónica y el 1 de marzo de 2021, para aquellos contribuyentes que no tengan tal calidad, las instrucciones contenidas en las Resoluciones Ex. SII N° 6761 de 1998, N° 24 de 2002, N° 53 y N° 111 de 2004, relativas a las autorizaciones otorgadas para la utilización de máquinas registradoras, terminales de puntos de venta e impresoras fiscales, para la emisión de vales en reemplazo de las boletas de ventas y servicios y N° 48 de 2016 y N° 8 de 2018 sobre autorizaciones otorgadas para la utilización de vales electrónicos en reemplazo de las boletas de ventas y servicios.
Ventas entre casi $2 millones y $5 millones podrán seguir siendo en efectivo, pero identificado al comprador
Sobre ese límite ya no se podrán realizar operaciones con dinero en papel. Parlamentarios alertan sobre riesgos en sectores rurales y en el comercio al