Establece la forma en que los contribuyentes podrán acogerse a la opción de recalcular la tasa de los Pagos Provisionales a que se refiere la letra a) del articulo 84 de la Ley sobre Impuesto a a la Renta conforme a la modificación establecida en el Nº 52 articulo segundo de la Ley Nº 21.210 sobre modernización de la legislación tributaria.
Incorpórese un nuevo código (776) en el formulario 29, sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, denominado » Renta Liquida Provisional inciso final de la letra a) del art. 84 de la LIR, Ley Nº 21.210″, con el fin de ejercer, la opción de recalcular la tasa de los pagos provisionales a que se refiere la citada norma.