Este viernes 18 de noviembre de 2022, entra en vigencia la Ley que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Por tal motivo a contar del día viernes, toda escritura pública de COMPRAVENTA, y también la de ADJUDICACIÓN EN REMATE deberán acompañar protocolizado el respectivo certificado que entrega la plataforma del RNDPA, que da cuenta si el compareciente es o no deudor, debiendo verificarse dicha circunstancia respecto a comprador y vendedor.

El requisito anterior, es OBLIGATORIO por lo tanto, su ausencia en el instrumento será motivo de rechazo por parte de los abogados revisores en cada notaría.

Así mismo respecto a COMPRAVENTA DE VEHÍCULOS, regirá la misma obligación de revisión en plataforma.

Es importante que tengan presente, que esta verificación debe realizarse antes de la firma del compareciente, toda vez que de existir deuda, la escritura no puede ser autorizada.


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