Junto con saludar, queremos informar que, en el marco de la reciente reforma previsional aprobada mediante la Ley 21.735, comenzará a regir la nueva cotización obligatoria del 8,5% de la remuneración imponible, a partir del 1 de agosto de 2025.

¿En qué consiste esta nueva cotización?

  • Es adicional al 10 % que aportan actualmente los trabajadores a su cuenta de capitalización individual.
  • El empleador aportará esta nueva cotización mensualmente, junto con las actuales cotizaciones previsionales.
  • Se aplicará de forma gradual, comenzando con un 1 % en agosto 2025 y aumentando anualmente hasta alcanzar el 8,5 %, donde el 4,5 % irá a la cuenta de capitalización individual del trabajador en su AFP, el 1,5 % al fondo con rentabilidad protegida y el 2,5 % al Fondo Autónomo de Protección Previsional (solidario).

Comparte:

Últimas entradas

Ley N° 21.850.

La normativa, impulsada desde el Ministerio de Hacienda, fue publicada este sábado como la Ley N° 21.850, «para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico

CIRCULAR N° 22.

Imparte instrucciones sobre la aplicación transitoria del límite al crédito fiscal del impuestoespecífico al petróleo diésel establecido en el artículo 4°de la Ley N° 21.811,

Portal Fonasa extiende plazo.

Informamos que debido a la alta demanda registrada en el proceso de migración al nuevo Portal Integrado de Entidades Empleadoras (PIEE), la baja del Portal

¿Consultas? Envíanos un mensaje