Te informamos que la ley de Ingreso Mínimo Mensual publicada en el Diario Oficial con fecha 30 de mayo de 2023, estableció que el nuevo monto correspondiente a $460.000, debe ser considerado desde las remuneraciones de septiembre 2023 en adelante.
Por esta razón, te explicamos cómo deben ser pagadas las cotizaciones previsionales en las remuneraciones imponibles entre el antiguo y el nuevo ingreso mínimo mensual.
En el caso de las cotizaciones de agosto 2023, pagadas hasta el 13 de septiembre 2023, se consideró el Ingreso Mínimo Mensual anterior ($440.000). Por su parte, la renta imponible a considerar en las cotizaciones de septiembre 2023, para lo cual tiene plazo de pago hasta el 13 de octubre 2023, deberá ser el nuevo ingreso mínimo imponible ($460.000).