SII dejó sin efecto circular que instruyó sobre aplicación de Impuesto Adicional a néctares y bebidas deportivas.

El Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, se abrió a la posibilidad de analizar una eventual modificación legal a fin de precisar el tratamiento que aplicaría a estos productos en materia de la tributación a las bebidas analcohólicas. 

El Servicio de Impuestos Internos resolvió hoy dejar sin efecto la circular que había incorporado a partir de junio del 2024 a los néctares y bebidas deportivas (isotónicas e hipotónicas) entre los productos gravados por el Impuesto adicional a las Bebidas Analcohólicas.
 
Lo anterior, en virtud de que el Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, se abrió a la posibilidad de analizar una eventual modificación legal a fin de precisar el tratamiento que aplicaría a estos productos en materia de tributación a las bebidas analcohólicas.
 
De esta manera, a través de la dictación de la nueva Circular N° 33 emitida hoy, se dejan sin efecto las instrucciones contenidas en la Circular N°11, del 2024, para la aplicación del impuesto adicional a los néctares y bebidas deportivas.

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