A partir del 01 de enero de 2026, los empleadores no deben efectuar la retención adicional del 3% a sus trabajadores, para la restitución del Préstamo Solidario. Lo anterior se fundamenta en que dichas retenciones solo debían aplicarse hasta el año 2025, de acuerdo en la normativa que reguló el Préstamo Solidario.
Condonaciones y flexibilidad: SII activó alivio tributario por incendios forestales.
El Servicio estableció la condonación automática de multas e intereses por el pago fuera de plazo de IVA e impuestos mensuales en las zonas afectadas