Reajuste del Art. 72 de la LIR para la Operación Renta 2026.

Estimados contribuyentes y colegas, les informamos que ya se ha oficializado el factor de reajuste para quienes deban cumplir con el pago de impuestos en su Formulario 22. 📑

¿Qué significa esto para tu práctica? Si el resultado de tu declaración de renta es «A PAGO», debes aplicar obligatoriamente un reajuste del 1,2% sobre el monto determinado, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 72 de la Ley de Impuesto a la Renta.

Antes de generar tu cupón de pago o realizar la transferencia electrónica, verifica que el sistema del SII haya aplicado correctamente este factor para evitar giros posteriores por diferencias de reajuste. 

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