Ley 21.735, Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones (SUCC)Ley 21.735.

Queremos recordar sobre un cambio relevante que introduce la Reforma Previsional (Ley 21.735) en la forma en que se gestionan las cotizaciones no pagadas.

A partir de junio de 2026, entra en vigencia el Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones (SUCC), un nuevo mecanismo que centraliza y moderniza el proceso de cobranza previsional.

¿Qué significa esto para ti como empleador?

Hasta ahora, si existían cotizaciones impagas, cada AFP iniciaba gestiones de cobro por separado, lo que podía derivar en múltiples gestiones paralelas. Con el SUCC, todo el proceso se unifica en una sola gestión, independiente de cuántos trabajadores o AFP estén involucrados.

El nuevo proceso opera en dos etapas:

Prejudicial: el SUCC y la Tesorería General de la República (TGR) te notificarán sobre las cotizaciones pendientes de pago. En esta etapa, deberás realizar el pago o, en caso de corresponder, informar movimiento de personal (término de contrato laboral, permiso sin goce de sueldo, entre otros) para regularizar la cotización registrada como impaga.

Judicial: de no regularizarse la cotización en etapa prejudicial, el SUCC llevará a cabo las acciones legales a través de un mandatario común.

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